Crédito a Todos – Soluciones de financiación para particulares y proyectos en España
Estudiamos cada solicitud de financiación de forma individualizada, teniendo en cuenta la documentación aportada, los ingresos y la capacidad de reembolso del solicitante. Si la evaluación es favorable, le presentaremos por escrito las condiciones de la financiación antes de la formalización.
La concesión de la financiación está sujeta a la evaluación de solvencia, la verificación de la documentación y el cumplimiento de los requisitos establecidos.
Fecha de última actualización: 01 de julio de 2026
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE FINANCIACIÓN
1. IDENTIDAD DEL PRESTAMISTA
Titular legal y prestamista: Juan Miguel López Mourente.Nombre comercial: Crédito a Todos.NIF: 32632410H.Correo electrónico: contacto@consultoriafinancier.com.Teléfono y WhatsApp: +34 696 908 967. Sitio web: www.creditoatodos.com.Domicilio profesional o fiscal: el indicado en el Aviso Legal del sitio web.
2. OBJETO E INCORPORACIÓN AL CONTRATO
Las presentes condiciones generales regulan las operaciones de financiación celebradas electrónicamente a través del sitio web de Crédito a Todos.Estas condiciones formarán parte del contrato cuando el solicitante:— Haya podido consultarlas, descargarlas y conservarlas antes de contratar.— Haya recibido su oferta individual y las condiciones particulares de la operación.— Las haya aceptado expresamente.— Haya completado correctamente el proceso de identificación y firma o validación electrónica.— Haya recibido una copia del contrato en un soporte duradero.El contrato de financiación estará integrado por:— Las presentes condiciones generales.— Las condiciones particulares de la operación.— La oferta individual comunicada al solicitante.— La información precontractual aplicable.— El cuadro o calendario de amortización.— La documentación del seguro vinculado.— La aceptación electrónica registrada por las partes.En caso de contradicción, prevalecerán las condiciones particulares comunicadas al prestatario, salvo que las condiciones generales resulten más favorables para este.
3. IMPORTE DE LA FINANCIACIÓN
El importe de la financiación podrá situarse entre un mínimo de 5.000 € y un máximo de 500.000 €. El importe definitivamente aprobado dependerá de: — La evaluación de solvencia. — La documentación presentada. — Los ingresos acreditados. — Las obligaciones económicas existentes. — La finalidad de la financiación. — La capacidad de reembolso del solicitante. La presentación de una solicitud no implica por sí sola la aprobación del importe solicitado.
4. PLAZO DE DEVOLUCIÓN
El plazo de devolución podrá establecerse entre 12 y 300 meses, equivalentes a un máximo de 25 años. El plazo definitivo, el número de cuotas y el importe de cada mensualidad se comunicarán expresamente en la oferta individual y en el contrato.
5. TIPO DE INTERÉS
El tipo de interés nominal aplicable será un TIN fijo anual del 3,00 %. El TIN permanecerá fijo durante el plazo establecido en las condiciones particulares de la operación.
6. TASA ANUAL EQUIVALENTE —TAE—
La Tasa Anual Equivalente —TAE— se calculará individualmente teniendo en cuenta:
— El importe aprobado.
— El plazo de devolución.
— La periodicidad de las cuotas.
— El TIN aplicable.
— El coste del seguro obligatorio.
— Los gastos administrativos.
— Cualquier otro coste obligatorio relacionado con la operación.
La TAE exacta se comunicará al solicitante por escrito antes de la firma del contrato.
El coste del seguro obligatorio se incluirá en el cálculo de la TAE, aunque la prima se abone el mismo día del desembolso de la financiación.
La TAE podrá ser superior al TIN debido a la inclusión del seguro, los gastos administrativos y los demás costes obligatorios relacionados con la operación.
7. REQUISITOS GENERALES
Para solicitar la financiación, el interesado deberá: — Ser mayor de edad. — Residir legalmente en España. — Disponer de DNI o NIE válido. — Tener una cuenta bancaria activa a su nombre. — Acreditar sus ingresos y su situación laboral, profesional o económica. — Facilitar información verdadera, actualizada y verificable. — Disponer de capacidad suficiente para afrontar las cuotas. — Superar favorablemente la evaluación de solvencia. El cumplimiento de estos requisitos permite evaluar la solicitud, pero no constituye por sí solo una aprobación definitiva.
8. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA
El solicitante deberá aportar, según corresponda: — Copia de su DNI o NIE vigente. — Justificantes recientes de ingresos. — Nóminas, pensiones, declaraciones fiscales u otros documentos económicos. — Información sobre su situación laboral o profesional. — Justificante de titularidad de su cuenta bancaria. — Información sobre sus obligaciones financieras existentes. — Cualquier otra documentación necesaria para verificar la solicitud. Crédito a Todos podrá solicitar documentación adicional cuando resulte necesaria para completar correctamente la evaluación.
9. EVALUACIÓN DE SOLVENCIA
Antes de formalizar la financiación, Crédito a Todos evaluará la solvencia y la capacidad de reembolso del solicitante. La evaluación podrá tener en cuenta: — Los ingresos mensuales. — La estabilidad laboral o económica. — Las obligaciones financieras existentes. — El importe y el plazo solicitados. — La finalidad de la financiación. — La documentación aportada. Cuando proceda legalmente, podrán consultarse sistemas de información crediticia. El solicitante será informado conforme a la normativa aplicable.
10. APROBACIÓN DEFINITIVA
La solicitud únicamente se considerará definitivamente aprobada cuando el solicitante reciba por escrito: — La confirmación definitiva de la aprobación. — El importe aprobado. — El plazo de devolución. — El TIN y la TAE. — El número total de cuotas. — El importe de cada cuota. — El importe total adeudado. — El coste exacto del seguro obligatorio. — Los gastos y comisiones aplicables. — El calendario de pagos. — Las condiciones particulares. — El contrato de financiación. El estado mostrado en la plataforma de seguimiento tiene carácter informativo y no sustituye la oferta individual, las condiciones particulares ni el contrato.
11. SEGURO VINCULADO OBLIGATORIO
Para formalizar la operación será obligatoria la contratación de un seguro vinculado a la financiación.
El coste de la prima será equivalente al 2,50 % del importe de financiación definitivamente aprobado.
La póliza y toda la documentación relacionada con el seguro deberán haber sido comunicadas y aceptadas antes de la formalización de la operación. No obstante, el pago de la prima no será exigido antes del desembolso de los fondos.
La prima del seguro deberá abonarse el mismo día en que los fondos hayan sido efectivamente ingresados en la cuenta bancaria del prestatario, una vez confirmado el abono de la financiación.
Por tanto, no se solicitará al cliente el pago anticipado de la prima del seguro como condición previa para efectuar el desembolso.
El pago se realizará mediante transferencia bancaria, conforme a las instrucciones incluidas en la documentación individual del seguro.
Antes de formalizar el seguro, el solicitante recibirá por escrito:
— La identidad legal de la entidad aseguradora.
— El nombre del producto asegurador.
— El número o referencia de la póliza.
— Las coberturas contratadas.
— Las exclusiones aplicables.
— La duración de la cobertura.
— El importe exacto de la prima.
— La identidad del tomador, del asegurado y del beneficiario.
— Las condiciones de cancelación.
— Las condiciones de devolución de la prima cuando corresponda.
— La fecha de entrada en vigor de la cobertura.
— Las instrucciones oficiales de pago.
Las coberturas aplicables serán únicamente las recogidas en la póliza individual.
El coste obligatorio del seguro se incluirá en el cálculo de la TAE y en el coste total de la financiación.
12. GASTOS ADMINISTRATIVOS
Cuando el expediente haya superado favorablemente la evaluación y alcance la fase administrativa correspondiente, se aplicarán unos gastos administrativos de 49,00 €.
Este importe corresponde a:
